EL CANI CRUZ.
EL CANI CRUZ.
Herbert Oré B
La presencia de los masones en las colonias españolas, está muy poco
documentada, debido a diversos acontecimientos históricos que afectaron a
Europa y los países que lo constituían, muchos de ellos tuvieron colonias en
diversos lugares del mundo siendo los españoles y portugueses los que mayor
extensión territorial tuvieron en América del Sur, sin que por ello se deje de
mencionar a los ingleses y franceses, sus luchas y rivalidades.
En el caso del Perú, que fue conquistado y colonizado por los españoles la
documentación sobre la presencia de masones en la época de la conquista y época
virreinal es muy escasa, sin embargo su presencia dejo constancia en algunos símbolos
inequívocamente masónicos.
Uno de estos está ubicado en el Distrito de Chongos Bajo en la Provincia de
Chupaca de la Región Junín, que es visitado por los habitantes del Valle del
Mantaro con asiduidad y seguro que muchos aún no se percataron que esta grabado
en ella.
Santiago León de Chongos Bajo, es
uno de los poblados más antiguos del Valle del Mantaro, dicen que el nombre
Chongos es una deformación de la palabra quechua Sonqo que significa corazón.
Cuando llegaron los españoles al
Valle del Mantaro se encontraron con la Nación Wanka, una etnia muy aguerrida
que no se había sometido al imperio incaico, con quienes mantuvieron una
constante guerra y similar acción realizaron con los españoles, demostrando su
ancestral “carácter indomable” la misma que no permitió entre otras cosas que
prosperara la Capital de la Nueva Gobernación de Castilla (Algunos consideran
que es la Primera Capital de fundación española del Perú) en Jauja.
Según la documentación existente la
iglesia de Chongo Bajo se inicia a construir el año de 1534 por el conquistador
Pizarro, quién había descubierto minas de oro y plata en la región, por lo que
funda la Hidalga y Bizarra Villa de Santiago León de Chongos el 25 de julio de
1534, título que hasta hoy ostenta.
Debemos advertir que hay otro
distrito con nombre semejante, pero ubicado en la Provincia de Huancayo y en la
parte alta del Valle del Mantaro, que también tiene su iglesia, esta se llama, Chongos Alto, cuya creación política data de
1907.
Este Distrito de la
Provincia de Huancayo también tiene su propia cruz.
LA DEVOCION A
LA SANTISIMA CRUZ EN EL VALLE DEL MANTARO.
La devoción se inicia con la llegada
de los españoles en el año 1533, recordamos aún la primera cruz de la conquista
que el dominico Vicente Valverde de Vallejeda llevo a Cajamarca en la captura
del último inca. Esta cruz llego a Jauja y después de un alto en “Hatun
sazwasqa Xauxa Tampu” fue llevado al Cuzco por Pedro de Candía, uno de los
trece de la Isla del Gallo.
Los dominicos quedaron en el Malle
del Mantaro con anuencia de Valverde y del Márquez Francisco Pizarro, después
de la fundación española de Xauxa (Jauja) la Capital de la Nueva Gobernación de
Castilla ya que aún no existía el Perú
como estado en octubre de 1533.
Es común preguntarse ¿La cruz era
conocida antes de la llegada de los españoles?, la respuesta es si. Es conocida
desde antes de los Incas y se llamaba chakana.
Hace algunos años, arqueólogos del Museo de Arqueología de la Universidad
Mayor de San Marcos descubrieron el vestigio de una Chakana en la ciudad de
Caral. Su fechado carbónico arroja una antigüedad de por lo menos 3,000 a.C.
La Chakana, símbolo importante y antiguo de la Cultura Andina aparece en los grabados Chavín, en las estelas de piedra Tiahuanaco, en los tejidos y cerámica Wari, en los ceramios Nazca, en los bordados Inca..., etc.; hoy en día se pueden hallar en las vasijas medicinales de los Pagos de nuestro curanderos y médiums andinos.
La Chakana explica la relación entre el hombre y el mundo espiritual,
ordenando los pensamientos para la búsqueda del contacto con las vibraciones
del Cosmos. Su origen, se remonta a las observaciones astronómicas realizadas
por el hombre andino; los estudios realizados así lo demuestran, la
constelación de la Cruz del Sur ejerció una influencia en el imaginario andino,
mientras la estrella Polar guió el desarrollo de la civilización occidental
individualista, la Cruz del Sur proyectó su energía en la mentalidad andina de
manera comunitaria.
La Cruz Escalonada simboliza el principio armónico andino, contenido en el
simbolismo de la Cruz del Sur, y utilizada
como Símbolo del Ordenador del Mundo Andino: Wiracocha.
"Todo fluye y
refluye; todo tiene sus períodos de avance y retroceso, todo asciende y
desciende; todo se mueve como un péndulo; la medida de su movimiento hacia la
derecha, es la misma que la de su movimiento hacia la izquierda; el ritmo es la
compensación".
La Chakana que tiene la forma de una Cruz Escalonada, aparece en las
galerías de las vigas ornamentales del Centro Ceremonial de Chavín, donde ésta
se enlaza con una Cruz Cuadrada mediante un Pez. En la simbología andina, como
se dijo, la Cruz Cuadrada está relacionada al milenario culto a la Cruz del
Sur, mientras que el Pez, es la interpretación andina de la Constelación del
Camaleón que enlaza a la Cruz del Sur con el eje del Hemisferio Austral.
La Chakana que tiene la forma de una Cruz Escalonada, aparece en las
galerías de las vigas ornamentales del Centro Ceremonial de Chavín, donde ésta
se enlaza con una Cruz Cuadrada mediante un Pez. En la simbología andina, como
se dijo, la Cruz Cuadrada está relacionada al milenario culto a la Cruz del
Sur, mientras que el Pez, es la interpretación andina de la Constelación del
Camaleón que enlaza a la Cruz del Sur con el eje del Hemisferio Austral.
La Chakana tiene presencia en todas las etnias y culturas del mundo
andino, puede comprobar en los portales
de Pumapunku, de Tiahuanaco a pocos kilómetros de la "Puerta del Sol". Precisamente algunos artefactos de tipo
ritual encontrados en el área de ésta cultura incluyen a la figura de la
Chakana, como es por ejemplo un pequeño recipiente del que se aspiraba yerbas
alucinógenas durante sus ritos religiosos.
En Tiahuanaco. Los incas conocieron
la cruz del sur, que les servía para orientarse y lo denominaron Ccatahzkay o
chakana qoyllor.
En el Valle del Mantaro la cruz
cristiana es introducida a partir de octubre de 1533, iniciándose la
cristianización masiva de los naturales de la zona. Esta labor se vio reflejada
en la colocación masiva de cruces en la cima de los empinados cerros, pueblos y
barrios, construyendo las capillas de “Tayta Cruz”, “Tayta Cristo”, etc.
Esta difusión ha quedado perennizada
en la costumbre de los habitantes del Valle del Mantaro hasta hoy, en las
fiestas de “Safa Casa”, donde los padrinos colocan una cruz metálica en la
parte más alta de la casa construida como testimonio de la evangelización. Asi
mismo en la entrada y salida de los pueblos se colocaron cruces para venerarla
públicamente, o las populares “mesa de difuntos” que ofrendan alimento a los
muertos, o las “mezadas” que ofrendan el pago a los Wamanis
En 1550 se construye la Capilla del
Copón por Doña Ines Muñoz de Alcantara, prima de Pizarro y primera española
venida al Perú, ella crió a la hija del conquistador hasta los 15 años en este lugar.
La capilla está ubicada al pie de una montaña y a la orilla de un riachuelo
Esta capilla se comunica por un
túnel subterráneo a la Iglesia Matriz de Chongos Bajo cuya construcción data de
1565.
LA LUCHA CONTRA
LAS IDOLATRIAS.
La iglesia católica a través de los
misioneros dominicos y franciscanos dividió la evangelización del Valle del
Mantaro (Atum Jauja) de Huánuco. Así se funda el Convento de Ocopa el 19 de
abril de 1725, pero en el valle la evangelización tenía dos siglos de trabajo.
Todas estas órdenes de manera
infructuosa, habían tratado de evitar las religiones ancestrales de los dioses
wankas e incas y las idolatrías de las Wuacas y Walis, de los puquiales o
Pakarinas, a Pachacamac (Madre Tierra) al Tayta Inti (Padre Sol), etc.
llamándolos con nombres españoles a los Tayta Wuamanis (cerros) con los nombres
de los santos españoles.
Hacia
el Siglo XIII la Iglesia Católica de Roma comenzó a reprimir la herejía con tal
violencia y crueldad que hasta nuestros días se saborea la amargura que se
derivó de esa medida. Entre los llamados herejes se contaban a practicantes de
la hechicería, judíos, indios peruanos y mexicanos, musulmanes, masones y
miembros de otras organizaciones secretas, etc. Digamos que la medida política
instaurada para combatir la supuesta herejía significaba una serie de
regulaciones mediante las que la Iglesia y/o el reino tomaban en propiedad las
pertenencias del supuesto hereje para financiar sus guerras contra los
musulmanes.
Fue el Papa Gregorio IX quien ordenó la persecución y enjuiciamiento de herejes e instauró la Inquisición, dando comienzo a un período prolongado de terror durante el cual fueron asesinados, por tortura o ejecución, muchos seres humanos principalmente en las zonas norte de la actual Italia y en el sur de Francia. Hay, sin embargo, algunos antecedentes que indican al Papa Inocencio IV como el autor intelectual de las atrocidades porque dicho pontífice publicó una bula en la que ordenaba a los gobiernos de los países católicos a perseguir, arrestar y ejecutar a los herejes. Aquellas autoridades que se negaran a cumplir los mandatos de papales sufrirían la excomunión y se les acusaría de herejía. España -fielmente- eligió la barbaridad.
En el año 1569 por el Rey Felipe II la
inquisición es creada en el Perú, siendo virrey Francisco Toledo.
En un libro titulado “Extirpación de
la Idolatría del Perú” cuya carátula adjuntamos al presente logramos encontrar
información de primera mano de lo que aconteció en el Perú.
De ella extraemos
el edicto contra la idolatría, advirtiendo que lo hacemos tal y conforme está
en el original:
Edicto contra la idolatría
N. Visitador general, y Iuez Ecclesiástico en este
Arçobispado en las causas de la Idolatría por el Illustríssimo N. del Consejo
de su Magestad, &c. Salud, y gracia, a vos lo vezinos, y moradores estantes
y habitantes en este pueblo. Ya sabéis, y debéis saber, que los santos Padres
alumbrados por el Spíritu Sancto en los sagrados Concilios santa, y justamente
ordenaron, que todos los Prelados, y Pastores de la Iglesia, (y siendo
ligítimamente impedidos) por sus Ministros, y Visitadores, cada vn año, cada
qual fuesse obligado, a hazer vna general Inquisición, o solemne Visitación, y
escrutiño de la vida, y costumbre de todos los súbditos. Lo qual fue endereçado
al provecho, y bien spiritual de las Almas. Y pues la salud de ellas consiste,
en que estén en gracia, y caridad, y muy agenas, y apartadas de los pecados, y
specialmente de los de la Idolatría, por la qual se quita la adoración al
verdadero Dios, y se da a la criatura. Por tanto assí por descargo de la
consciencia, como por lo que toca a la salud, y bien spiritual de vuestras
Almas; os exortamos, y mandamos, que todas las personas, que algo supiéredes,
de lo que aora se os refirirá; lo vengáis a dezir, y manifestar ante mí dentro
de tres días, que os doy, y señalo por tres términos, y el último por
peremtorio según forma de derecho; con apercebimiento, que pasado el dicho
término, se procederá, contra los que rebeldes fuéredes con todo rigor.
Primeramente si saben, que alguna, o algunas personas
assí hombres como mugeres ayan adorado, y mochado Huacas, cerros, y
manantiales, pidiéndoles, salud, vida, y bienes temporales.
2 Item si saben, que alguna, o algunas personas ayan
adorado al Sol, Luna, y a las estrellas, que llaman Oncoy, que son las siete
cabrillas, y a las estrellas, que llaman Chacras, que son las tres Marías, y al
Luzero, que llaman Pachahuárac, o Coyahuárac.
3 Item si saben, que alguna, o algunas personas ayan
adorado a las Huacas, que llaman Cómpac, quando limpian las azequias para
sembrar; y a las Huacas, que llaman Huanca, o Chíchic, teniéndolas en medio de
sus Chacras, y las ofrezcan sacrificios de chicha, coca, sebo quemado, y otras
cosas.
4 Item si saben, que alguna, o algunas personas,
tengan en sus Huacas, dioses Penates, que llaman Conopas, Zaramamas, para el
augmento del maíz, o caullamas para el augmento del ganado, o las piedras
bezares, que llaman Ylla, y las adoran para el dicho efeto, y con ellas tenga
Mullu, Paria, Lacsa, Asto, Sangu, y otras ofrendas que les ofrezcan.
5 Item si saben que alguna, o algunas personas adoran
al Rayo, llamándole Líbiac; y digan q'es el Señor, y Criador de las lluvias, y
le ofrezcan sacrificios de carneros de la tierra, cuyes, y otras cosas.
6 Item si saben que alguna, o algunas personas adoren
sus Pacarinas, y los cuerpos, o huesos de sus progenitores gentiles, que llaman
Malquis, y a los cuerpos o huesos de sus Huaris, ofreciéndoles ofrendas, y
sacrificios.
7 Item si saben que alguna, o algunas personas, quando
van camino echan en las cumbres altas donde llegan, o en algunas piedras
grandes hendidas, coca mascada, o maíz mascado, o otras cosas escupiendo: y les
piden que les quiten el cansancio del camino.
8 Item si saben que ayá en este pueblo alguno, o
algunos Indios que sean brujos, maléficos, o tengan algún pacto con el Demonio.
9 Item si saben que alguna, o algunas personas hagan
fiestas a las Huacas ofreciéndoles sacrificios, y ofrendas de carneros de la
tierra, Cuyes, Mullu, Paria, Llacsa, Sebo quemado, Sango, o Parpa, Coca, y
otras cosas.
10 Item si saben que alguna, o algunas personas ayunen
en las fiestas de sus Huacas, no comiendo sal, ny agí por algunos días de
dormir con sus mugeres legítimas por esta ceremonia; y se laven en los arroyos
entendiendo que con el dicho lavatorio se les perdonan sus pecados.
11 Item si saben, que en las dichas fiestas de las
Huacas los Indios se confiessen con los Hechizeros, ministros de la Idolatría
sus pecados; o quando están enfermos, o en otras ocasiones, y trabajos que les
suceden, y los dichos Hechizeros les lavan las cabeças, con vna piedreçuela que
llaman Pasca, o con maíz molido, matando vn cuy, y viendo por la sangre de las
entrañas ciertas señales por donde adivinan las cosas futuras.
12 Item si saben, que en las dichas fiestas de las
Huacas no duermen en toda vna noche cantando beviendo, y baylando el que llaman
Pacarícuc, por ceremonia de su gentilidad.
13 Item si saben, que en tiempo quando cogen las
sementeras hagan vna ceremonia, y bayle que llaman Ayrigua, atando en vn palo,
o rama de árbol, vnas maçorcas de maíz baylando con ellas; o otro bayle que
llaman Ayja, o Qvaucu: o con vn instrumento que llaman Succha, o otro qualquier
género de bayle con ceremonias gentílicas, y supersticiones.
14 Item si saben que alguna, o algunas personas
trasquilen los cabellos de sus hijos; que llaman Huarca, o Pacto, haciendo
ciertas ceremonias combidando a los cuñados que llaman Masa, o a los tíos que
llaman Caca, beviendo cantando, y bailando poniendo a las dichas criaturas
nuevos nombres, de los que les pusieron en el baptismo.
15 Item si saben que alguna, o algunas personas digan
que las almas de los difuntos vayan a Huarochaca, o Vpaimarca, y no al Cielo,
Infierno, o Purgatorio, y quando se muere vna persona al quinto día den de
comer, y de bever al alma del difunto, quemando maíz y derramando chicha.
16 Item si saben que alguna, o algunas personas ayan
desenterrado les cuerpos de difuntos Christianos de las Iglesias hurtándolos
dellas, y llevándolos a los sepulchros que llaman Machay, donde están sus
Malquis.
17 Item si saben, que cuando los Indios van a las
mitas de las estancias, o obrajes mingan a los Hechizeros para que rueguen por
ellos a las Huacas; y quando están en lo Yunga adoran a la mar tirándose las
pestañas, o cejas.
18 Item si saben, que quando alguna muger pare dos de
vn vientre que llaman Chuchu, o vna criatura de pies, que llaman Chacpa; la
dicha muger ayuna ciertos días por ceremonia gentílica, no comiendo sal, ni
agí, ni durmiendo con su marido; encerrándose, y escondiéndose en parte secreta,
donde no la vea nadie; y si alguna de las dos criaturas de vn vientre se muere,
la guardan en vna olla por ceremonia de su gentilidad.
19 Item si saben, que alguna, o algunas personas ya
grandes, y de edad estén por baptizar: o las ya baptizadas se llamen con
nombres de las Huacas, o del trueno llamándose Curi, o del rayo llamándose
Líbiac.
20 Item si saben, que algunas Huacas tengan bienes
suyos dedicados al culto de ellas, como son Oro, Plata, Cobre, vestidos de
cumbi, Aquillas de plata, Huamas Hincas, Tincurpas, Carneros de la tierra,
Chacras, y otras cosas.
21 Item si saben, que algunos Indios por ceremonia de
su gentilidad, traigan puestas huaras secretas debaxo de los calçones, o sin
ellos.
22 Item si saben que alguna, o algunas personas ayan
dicho, que todos los hombres no tuvieron vn origen de Adán, y Eva, sino que
cada Ayllo tiene diferente Pacarina, de donde proceden.
23 Item si saben que alguna, o algunas personas quando
cogen el maíz guarden las maçorcas que llaman Huantas, o Airigua, o Micsazara,
o Mamazara, o Collauzara, por ceremonia de su gentilidad para quemarlo, y
ofrecerlo a las Huacas.
Y los que supiéredes, uviéredes oýdo alguna de las
dichas cosas de suso declaradas, lo denunciad, y manifestad ante mí dentro de
los dichos tres días; y los que contra esto fuéredes rebeldes seréys castigados
por todo el rigor del derecho. Dada, &c.
Constitvciones qve dexa el visitador en los pveblos
para remedio de la extirpación de la idolatría
En el pueblo de N. . . . . . . . a. . . . . . . . días
del mes de. . . . . . . . de 16. . . . el. . . . . . . . Visitador general, y
Iuez Ecclesiástico en este Arçobispado en las causas de Idolatría por el
Illustríssimo Señor. . . . . . . . Aviendo acabado la visita, que cerca de la
dicha Idolatría a hecho en este pueblo, para que en él se quite la ocasión de
bolver a ella, y cesse la ofensa de Dios nuestro Señor por comissión que para
esto tiene del Illustríssimo, Señor. . . . . . . . hizo, y ordenó las
constituciones siguientes.
Primeramente si de aquí adelante algún Indio, o India bolviere
a reincidir en la Idolatría, adorando Huacas, Cerros, o al Rayo, Sol, Luna, y
Estrellas, o hiziese algunas de las ceremonias antiguas de su gentilidad; el
Cura, o Vicario que fuere de esta Dotrina escribirá la causa, substanciándola,
y la remitirá al Illustríssimo Señor. . . . . . . . o a su Provisor con los
culpados para que la sentencie; por quanto conviene que su Señoría
Illustríssima sea sabidor de los relapsos, para que ponga el remedio
conveniente, y si fuere el relapso Hechizero ministro de Idolatría se guardará
esta constitución con mayor cuidado.
Item de aquí adelante ningún Indio, ny India se
llamará con nombre de las Huacas, ny del Rayo: y assí no se podrá llamar Curi,
Manco, Missa, Chacpa, ny Líbiac ny Santiago, sino Diego; y al que a su hijo
pusiere alguno de estos nombres le serán dados cien açotes por las calles, y el
Cura, y Vicario de esta Dotrina procederá contra él, como contra relapso en la
Idolatría, y a los que hasta aquí se han llamado con algunos de los dichos
nombres mando se los quiten, y se acomoden a llamarse con otros sobre nombres,
de los Españoles, o de Santos.
Item el Cura beneficiado deste dicho pueblo, tendrá
muy particular cuidado de estorvar las mingas que los Indios hazen en tiempo de
las sementeras, para hacerlas beviendo, y cantando de que se siguen muy grandes
ofensas de Dios nuestro Señor, &c. Procurará con todo cuidado que quando se
hagan las dichas mingas, sea dando a los mingados de comer, y no de bever con
el exceso, y demasía, que hasta aquí se ha hecho.
Item de aquí adelante por ningún caso, ni color
alguno, ni con ocasión de casamiento, fiesta del pueblo, ny en otra manera
alguna; los Indios, y indias de este pueblo tocarán tamborinos, y baylarán, ny
cantarán al vso antiguo, ny los bayles, y cánticos q'hasta aquí an cantado en
su lengua materna; porque la experiencia a enseñado, q'en los dichos cantares
invocavan los nombres de sus Huacas, Malquis, y del Rayo a quien adoravan, y al
Indio que esta costitución quebrantare le serán dados cien açotes, y quitado el
cabello con voz de pregonero que manifiesta su delito, y si fuere Cacique el
que baylare, o cantare como dicho es; el Cura y Vicario de este pueblo
escribirá la causa, y la remitirá al Illustríssimo Señor Arçobispo, o a su
Provisor, con el dicho Cacique culpado para que le castigue.
Item el Cura de este pueblo guardará muy exactamente
las provisiones que contra las borracheras, y Chicha de sora an despachado el
Excellentíssimo de los Reyes: por ser como es el medio más eficaz para destruir
la Idolatría, quitar las dichas borracheras assí en los Caciques como en los
demás Indios, poniendo todos los medios de rigor, y castigo, como de
predicación, y enzeñanza; prohibiendo, que assí en las mingas, como en los días
de Pascua, y fiestas de la advocación de los pueblos, no se hagan juntas
públicas, ny secretas en que los Indios se emborrachen castigando severamente,
y con demonstración a los Indios que se emborracharen, y excutando en los
Caciques las penas contenidas en las dichas provisiones; para que enmendándose
las cabeças, imiten el buen exemplo los demás Indios.
Item de aquí adelante los Indios Hechizeros ministros
de Idolatría, por ningún modo curarán a los enfermos; por quanto la experiencia
a enseñado, que quando curan hazen idolatrar a los enfermos, y les confiessan
sus pecados a su modo gentílico; y si otros Indios uviere que sepan curar
porque conocen las virtudes de las yerbas, examinará el Cura de este pueblo el
modo con que curan que sea ageno de toda superstición.
Item de aquí adelante ningún Indio, ny India tendrá
Mullu, Paria, Lacsa, o hará Sancu, ny Tecti, ny tendrá Asto, ny guardará el
maíz que llaman Huantay, o Ayrigua, o Misazara, o Callauzara, y lo mismo en las
papas, Ocas, Camotes, y Yucas; y al que quebrantara esta constitución, le serán
dados cien açotes, y quitado el cabello, y se procederá contra él, como contra
relapso en la Idolatría.
Item cuando cogen las sementeras, no baylarán el bayle
que llaman Ayrihua, que es atando vnas maçorcas de maíz en vn palo, baylando
con ellas, ny el bayle que llaman Ayja, ny Huanca, ny tañerán con las Succhas,
y al que quebrantara esta constitución, le serán dados cien açotes, y estará
preso vna semana en la cárcel.
Item140 de aquí adelante los Indios, y Indias de este
pueblo no ayunaren el ayuno, que solían a su modo gentílico, no comiendo sal,
ni agí; y al que quebrantare esta costitución se procederá contra él, como
contra relapso en la Idolatría; y el cura, y Vicario de este pueblo escribirá
la causa, y la remitirá al Illustríssimo Señor Arçobispo, o a su Provisor para
que lo sentencie.
Item de aquí adelante los Indios de este pueblo, no
harán el Pacarícuc, ny nombrarán Parianas, que guarden las chácaras; por
hazerse todo con grandes supersticiones; y el cura, y Vicario de este pueblo
procederá contra los que quebrantaren esta constitución, como contra relapsos
en la Idolatría.
Item de aquí adelante los indios deste pueblo, no
pondrán sobre las sepulturas de los difuntos cosa alguna cocida, ny asada, por
quanto es común error de los Indios, y hasta oy están en él, que las almas de
los difuntos comen, y beven; y el Cura deste pueblo tendrá muy particular
cuidado, de que las puertas de las Iglesias tengan buenas llaves, guarda, y
custodia, y que tenga las dichas llaves persona de confiança por quanto la
esperiencia a enseñado, que suelen desenterrar los cuerpos Christianos de las
Iglesias, y llevarlos a los sepulchros de sus progenitores gentiles, y el que
quebrantara esta constitución, se procederá contra él como contra relapso en la
Idolatría.
Item de aquí adelante ningún Indio, ny India
trasquilará a su hijo los cabellos que llaman Huarca, con las ceremonias que
hasta aquí lo han hecho; y el Indio que tuviere hijo, o hija, que tengan los
dichos cabellos le presentará ante el Cura de este pueblo antes de
trasquilarlo: para que el dicho Cura de este pueblo mande a vn criado suyo, que
le trasquile por estorbar las dichas ceremonias; y al que quebrantare esta
constitución le serán dados cien açotes.
Item los Hechizores, y Hechizeras ministros de Idolatría
que quedan escrito, en el libro de la Iglesia, y en la tabla que queda
pendiente, en ella se juntarán mañana, y tarde a la dotrina como lo hacen los
niños; y a cualquiera dellos que faltare sin licencia del Cura les serán dados
doze açotes, y si reincidiere será castigado con mayor rigor.
Item cada año para siempre jamás se hará fiesta a la
santa Cruz el día de su Exaltación que es a catorze de Setiembre, en memoria
del triumpho que mediante ella se ha tenido de la Idolatría; en la cual fiesta
abrá processión con la santa Cruz, y Missa cantada; y el Cura desta dotrina predicará
a los Indios la causa porque esta fiesta se haze, exhortándolos a que den
gracias a nuestro Señor por haberlos sacados de sus errores; y al dicho Cura le
darán los Indios de esta dotrina, y pueblo, tres pesos por la limosna de la
Missa, y Sermón para lo cual los mayordomos de la Iglesia pedirán limosna de
casa en casa con vna Cruz, dando a entender a los dicho Indios cómo la limosna
es voluntaria; y de lo que assí se juntare se pondrá razón en el libro de la
Iglesia para comprar cera para la dicha fiesta.
Item, el Cura, y Vicario de esta dotrina, estará
advertido, que todos los Indios, y Indias de esta dotrina adoravan sus Huacas,
Conopas, Huancas, o Chíchic, el Sol, Luna, y Estrellas; especialmente a las
Siete Cabrillas, que llaman Oncoy, y a las tres Marías, que llaman Chacra, y al
Trueno, y Rayo, y tenían en sus casas Ídolos Penates, que llaman Conopas, y así
mismo adoravan a sus progenitores que llaman Malquis, y a los Huaris y a sus
Pacarinas. Y hazían cada año fiesta a las dichas Huacas con sacrificios de
Llamas, y Cuyes y ofrendas de Chicha, Mullu, Paria, Llacsa, Sancu, Coca, y Sebo
quemado; y ayunaban ciertos días no comiendo sal, ni agí, y se abstenían de
dormir con sus mugeres; y los Hechizeros ministros de Idolatría los confessavan
sus pecados a su modo gentílico, los cuales dichos hechizeros solían predicar
su fiesta diziéndoles que el Dios de los Españoles era para sólo los Españoles;
y las Huacas para los Indios, y que de sus Pacarinas salieron sus progenitores,
para lo cual niegan el origen de todos los hombres de Adán y Eva, y assí mismo
dizen, que ay vn lugar diputado donde van las almas que llaman Vpaymarca, y que
las almas comen y beven, y assí lo principal es que el Cura de esta dotrina
ponga particular cuidado en la predicación. Refutándoles sus errores, y enseñándoles
el verdadero camino de su salvación para que conozcan a Cristo nuestro Redemptor,
y si no lo hizieren les pedirá Dios nuestro Señor muy estrecha qüenta, de las
ovejas que tienen a su cargo, etc. Y lo firmó.
A estas constituciones podrá añadir, o quitar, o mudar
lo que pareciere conueniente. (Padre Pablo Joseph
de Arriaga de la Compañía de Jesús, Extirpación de la Idolatría del Perú,
Gerónimo de Contreras Impresor de Libros, Con Licencia Año 1621. Pág. 129-137)
En el año 1738 el Papa Clemente XII da la Encíclica IN EMINENTE, por el
cual dice que: hemos resuelto condenar y
prohibir, como de hecho condenamos y prohibimos, los susodichos centros, reuniones,
agrupaciones, agregaciones o conventículos de Liberi Muratori o
Franc-Massons o cualquiera que fuese el
nombre con que se designen, por esta nuestra presente Constitución, valedera a
perpetuidad. Y como
consecuencia de ello se inició la persecución a los masones por la iglesia
cristiana.
En el caso de España “el Consejo de Regencia de España e
Indias, autorizado interinamente por las Cortes Generales y Extraordinarias”,
dispuso perseguir a los masones sin tener en cuenta rango ni privilegio de ninguna
naturaleza en sus colonias. Lo hizo mediante Orden de 19-01-1812, suscrita por Pedro de Agar y Silvestre Collar.
(ARCHIVO NACIONAL DE
COLOMBIA. Bogotá. Tomo XXXVIII. Reales Cédulas y Órdenes. Archivo. Anexo,
folio 313).
Cuando el rey
Fernando VII desconoció La Constitución de Cádiz (4-05-1814), de la manera más
absolutista expresó: “la Constitución soy yo”. Fue un golpe muy duro para los
liberales y masones, quienes, de inmediato, fueron perseguidos y encarcelados.
Uno de ellos fue el célebre jurisconsulto y magistrado español José María
Calatrava (1780-1846). Otros murieron en las mazmorras o en las cárceles del
restablecido Tribunal
de la Santa Inquisición (Decreto de 24-05-1814).
Entre
otros famosos hermanos masones que murieron engrilletados, además del general De Miranda, encontramos al jurista limeño y electo
diputado a Cortes, José Javier Leandro Baquíjano y
Carrillo de Córdoba (Lima 1751-Sevilla, España 1817. Vid.
Jurídica N° 124, de 22- 12-2006) y el abogado peruano nacido en Chile, Ramón Olaguer Feliú, quien, como diputado ante Cortes, fue integrante de la comisión encargada de
saludar la llegada de Fernando VII a
España, que había sido recientemente liberado por Napoleón. El rey no recibió a la comisión y, poco
después, dispuso apresar a los diputados. Olaguer
fue injustamente enjuiciado y condenado a ocho años de prisión, en el castillo de Benasque. Ahí falleció, ignorado y olvidado. (Francisco
José Del Solar, Las Cortes de Cádiz y la Masonería, Jurídica, Suplemento de
Análisis de El Peruano, 8 de Setiembre 2009, Pág. 4)
Fernando VII, quien restableció
su despótico gobierno hasta 1833, expidió la Real
Cédula de 1-08- 1824, en Sacedón, por medio de la cual prohibió
terminantemente en su reino y dominio de Indias todas las congregaciones de francmasones
y otras sociedades secretas. Esta medida no se puso en práctica en el Perú,
debido a que era un país libre de la corona española desde julio de 1821.
El fundamento de
esta norma y otras anteriores estuvo en el “Informe
del Rey, de 6-12-1823”, ante el Consejo de la Corona, en el que
afirmó que “una de las
principales causas de la revolución en España y América, y el más eficaz de los
resortes que se emplearon para llevarla adelante habían sido las sociedades
secretas, que bajo diferentes denominaciones se habían introducido de algún
tiempo a esta parte entre nosotros, frustrando la vigilancia del Gobierno, y
adquiriendo un grado de malignidad, desconociendo aún en los países de
donde tenían su primitiva procedencia” (CARNICELLI, Américo.
La masonería en la
independencia de América 1810- 1830. Dos tomos. Bogotá. Colombia.
1970. Tomo II, Pág. 45), y en efecto las dos figuras más importantes de la
independencia de los países sudamericanos fueron masones De San Martín y Matorras (York) y Bolívar y Palacios (Escocés), y cuya diferencia estuvo presente en
la “Entrevista de
Guayaquil” (26 y 27-07-1822).
LA INQUISICION EN EL PERU.
Lo que se narra de las atrocidades de la Inquisición en el Perú, es un
capitulo negro de la historia, no solo por las ejecuciones que son repudiables,
sino también por las motivaciones.
Se cuenta que en la Inquisición del Perú era
muy común el uso de una silla que inmovilizaba las piernas de la víctima. Sus
extremidades terminaban justamente en un enorme brasero. Se cuenta que los
torturados no gritaban sino bramaban de dolor ante la indolente indiferencia de
los españoles. Muchos de los acusados y torturados murieron a causa de las
quemaduras o por la aparición de gangrenas en las extremidades. En estas
condiciones eran quemados para dar cumplimiento al Auto de Fe. Los que, a pesar
de este calvario seguían con vida, sin confesarse culpables de herejía u otros
cargos e impedidos de caminar por las heridas causadas por las quemaduras, eran
conducidos al Auto de Fe con la misma silla que usaban para el suplico y
quemados en la hoguera de la Plaza Mayor o en la misma Plaza de la Inquisición.
Legalmente la confesión por medio de la tortura no estaba permitida, pero los
inquisidores ignoraban intencionalmente todo reclamo aduciendo que la reclusión
de los sospechosos era una oportunidad para que puedan recapacitar y apelar
ante el Santo Oficio por una clemencia y que cualquier intento de tortura sería
castigado con severidad. Esto último jamás sucedió.
Muy raramente se daba una enmascarada
clemencia. Algunos de los que eran encontrados culpables de herejía apelaban
por la reconciliación con la Iglesia y sí la apelación era aceptada tenía que
ser azotado como una penitencia y caminar, por séis viernes consecutivos,
semidesnudo por las calles de la ciudad donde estaba el tribunal en una
procesión que lo dirigía hacia la catedral del lugar. Luego de ello era
desposeído de todos sus derechos y no podía tener ni rango, ni vestir
adecuadamente ni usar joyas. La quinta parte del dinero que generara durante su
libertad tenía que ser entregado a la Inquisición y todas sus propiedades eran
confiscadas. Con ello la Inquisición transformaba en paria a un condenado que
pagaba penitencia.
La clemencia, en el sentido lato de la palabra,
no existía en tiempos de los inquisidores. La persona a la que se le imputaba
un cargo trataba de deshacerse del Santo Oficio por cualquier medio,
escondiéndose o huyendo, porque al ser condenado perdería no sólo los bienes
sino también la vida. Muchas de las víctimas recurrían al soborno de guardias o
alguaciles para salir de ese infierno y nada escatimaban para ceder todas sus
pertenencias a los gendarmes con tal de salvar la vida. Como casi todo acusado
por el tribunal resultaba condenado a morir las víctimas preferían tomar este
camino para que les permitieran escapar y salvar la vida. Casi siempre el
castigo del Tribunal del Santo Oficio era la confiscación de los bienes,
sanción que generalmente era seguida por la muerte del convicto en la hoguera o
con la aplicación del garrote. Era usual que a la confiscación de los bienes
seguía la humillación pública del sancionado que consistía en una procesión
para la que tenía que vestir el llamado sambenito con cruces pendientes del cuello
que llegaban hasta la cintura, quedando al descubierto la parte inferior del
cuerpo. El ceremonial macabro terminaba con la cremación en vida de la víctima
en la hoguera lo cual recibía el nombre de Auto de Fe. La sádica clemencia que
otorgaba la Inquisición consistía, por lo general, en el cambio de la forma de
morir del condenado. Sí la persona llevada al patíbulo se retractaba y besaba
la cruz, los inquisidores se mostraban misericordiosos ejecutándolo con el
garrote antes de ser llevado a la hoguera. Sí el condenado se retractaba
solamente era quemado vivo con leña perfumada de rápida combustión, pero sí
insistía en su fe entonces se le consideraba contumaz y su cuerpo con vida era
quemado con madera verde de combustión muy lenta.
El Auto de Fe se llevaba a cabo los días
domingo o en un día feriado religioso con el fin de que una mayor cantidad de
personas lo presenciaran. La Inquisición del Perú impuso una obligatoriedad a
la asistencia a tan horroroso espectáculo, sancionando a aquellos que no lo hicieran.
Afortunadamente dicha disposición tuvo muy corta duración de manera oficial
aunque oficiosamente se daba la obligatoriedad. Se cuenta que en un Auto de Fe
una dama no pudo resistir la cruel escena a comenzó a vomitar, terminando en un
desmayo. Seguido a ello la dama fue acusada de estar posesionada por el demonio
pero fue absuelta con la condición de asistir a estas ceremonias macabras y de
entregar sus bienes a la Iglesia.
Los declarados culpables de herejía por la
Inquisición tenían que vestir el humillante sambenito cubriendo su cabeza con
una mitra puntiaguda. La vestimenta tenía dibujos estampados que variaban según
el lugar, aunque el común denominador de las túnicas estaba constituido por dibujos de demonios y de lenguas de fuego
con el fin de hacer más tétrico el escenario. A las seis de la mañana del
siguiente día los condenados eran ordenados en fila en las afueras de la
prisión vistiendo sus sambenitos, con una soga que rodeaba sus respectivos
cuellos y con las manos atadas. La desagradable procesión era encabezada por
sacerdotes que portaban las cruces verdes que era símbolo de la Inquisición.
Curiosamente en Lima, frente a la Iglesia de la Merced, funcionaba uno de los
tantos tribunales. Se dice que con la abolición de la nefasta Inquisición, la
cruz verde quedó guardada en dicha iglesia y se le dio el nombre de "la
cruz de padre Urraca", la misma que, en forma diminuta, fuera llevada en
el pecho por muchos fieles hasta el siglo XX sin saber de los crímenes que se
cometieron en su nombre. En la procesión los sacerdotes eran seguidos por los
aguaciles y gendarmes del Santo Oficio que se ubicaban delante de otros
sospechosos arrestados así como familiares de las víctimas, con el fin de
persuadirlos para que se arrepientan de los cargos que los odiados inquisidores
les formulaban.
A la lenta fúnebre marcha hacia el patíbulo, el
grupo posterior de gendarmes era seguido por un sacerdote que llevaba una
custodia con el Santísimo bajo un palio en oro y escarlata el cual era
sostenido y conducido por cuatro hombres. El sacerdote era acompañado por una
grey bastante numerosa de más sacerdotes, sacristanes y acólitos. Todo aquel
-hombre, mujer o niño- que se encontrara presenciando la procesión a los lados
de las calle tenía que arrodillarse con mucha reverencia al paso del Santísimo
o, de lo contrario, corría el riesgo de ser señalado como hereje por los
informantes encubiertos apostados entre la multitud que colmaba las aceras de
las calles. Nuevamente un grupo de aguaciles se observaba en la procesión y a
continuación otro de los llamados criminales leves por herejía en cuyos cuerpos
se notaban las huellas de las torturas sufridas. Por fin aparecían las víctimas
del día, vestidos con sambenito, flanqueados por sacerdotes dominicos con
vestimenta blanca y cubiertos con negras capuchas quienes pretendían salvar las
almas de los condenados conminándolos al arrepentimiento. La comparsa tétrica
la terminaban los inquisidores que estaban flanqueados con escudos y emblemas
entre los que destacaban el escudo del papa y el de cada uno de los reyes
católicos, Isabel de Castilla y Fernando de Aragón. Tras de ellos cerraba el paseíllo
un contingente de gendarmes y la multitud entrenada para rezar por el
arrepentimiento de los condenados y, luego, para insultarlos. Toda la procesión
era flanqueada por una enorme cantidad se soldados fuertemente armados.
La ceremonia de ejecución de las víctimas era prolongada y a veces, dependiendo del número de ajusticiados, podría tomar todo el día pues era obligación de los inquisidores leer la lista de crímenes imputados a cada uno de los herejes. Había un altillo con bancos donde las víctimas se sentaban para recibir, de los fieles asistentes, toda clase de insultos de los asistentes, escupitajos y hasta proyectiles como piedras con lo que se demostraba ser buen católico ante los ojos de la Inquisición. Luego de la lectura, de la boca de un sacerdote brotaba un larguísimo discurso de ocasión mientras monjes vestidos de blanco urgían a las víctimas por un arrepentimiento de último momento.
Rodeados de cruces verdes los inquisidores se sentaban en un proscenio adyacente mientras el ambiente era perfumado con humos de incienso como una precaución para evitar el hedor de cuerpos desenterrados que tenían que ser quemados. Se celebraba una misa y otro sacerdote pronunciaba otro prolongado sermón. Cuando terminaba la misa los inquisidores liderados por el Inquisidor Principal se ponían de pie y se dirigían a la multitud que debía estar de rodillas y presta para jurar defender al Santo Oficio de todos sus enemigos. Se estima que entre las atrocidades de la Santa Inquisición murieron quemados unos 2200 tan sólo en España y una cantidad mayor en todas sus colonias, principalmente en la del Perú. Casi todos los archivos del Tribunal del Santo Oficio en Lima fueron destruidos por la soldadesca chilena durante la Guerra del Pacífico de 1879.
(ANEDOCTARIO, http://elementosdelperu.com/ANECDOTARIO/Anecdotario.htm
).
Entre 1569
(creación) y 1820 (fin) la Inquisición en el Perú condeno a muerte a 32
ciudadanos, la mayoría eran extranjeros: Portugueses, españoles, ingleses, franceses,
tucumano (Argentino) y un limeño, por los delitos de judaizantes, protestantes
luteranos, proposiciones y alumbrados.
Entre 1570 a 1600
de 498 procesados 391 fueron españoles, 86 extranjeros, 21 mestizos, negros o
mulatos. Esta información es proporcionada por el Congreso del Perú en su
página. http://www.congreso.gob.pe/museo/right03-1b.htm de idéntica
manera dice que entre 1569 y 1820 se juzgaron 1294 hombres y 180 mujeres.
Lo curioso de estas
cifras es que no se reportan a los indios como llamaban a los peruanos, esto
debido a que ellos eran juzgados por el Tribunal de Extirpación de Idolatrías,
cuyos datos de culpables no se conocen. De otra parte las mujeres eran acusadas
de delitos sexuales y de hechicería. Algunos curas fueron acusados del delito
sexual de “solicitación” que consistía en la seducción del cura a la feligrés
contradiciendo el principio de la castidad.
Tampoco esta información
menciona nada de 1736 a 1820, como si en ese periódo no hubiese habido ninguna
condena, sin embargo en el año 1758, en
auto de fe, por hereje, el tribunal del Santo Oficio, sentenció al ciudadano
francés, Pedro Fox por efectuar reuniones secretas ligadas a la Francmasonería.
De otra parte Las primeras noticias
históricas sobre los masones en el Perú datan de 1751, cuando “una circular de
la Suprema [...] solicita la lista de militares o políticos que se hubiesen
presentado voluntariamente a confesarse como tales”. Sus miembros generalmente
eran europeos, por ejemplo, en el caso del cirujano francés Diego Lagrange. (Fernando
Ayllón. El Tribunal de la Inquisición. De la leyenda a la historia, Pág. 499).
La presencia de los
masones como refiere el R:.H:. Juan Manuel
Velásquez Calderón V:. M:. de la B:. L:. S:. Piedra Blanca de la Perfección No.
98 del Vall:. De Tacna al referirse a los masones de la casa de Pilatos dice: “en la llamada “Casa de Pilatos” funcionaba
un Templo Masónico, templo que era una especie de Sinagoga Judía, y en él se
reunían en secreto el rico judío portugués Manuel Bautista Pérez y cien de sus
paisanos, pero que, luego fueron denunciados y sentenciados a muerte, éste y
diez de sus miembros por el Tribunal del Santo Oficio siendo todos sus bienes
confiscados por la Iglesia Católica”. (Juan Manuel Velásquez Calderón,
Breves Apuntes Sobre Masonería, Setiembre 2005)
EL CANI CRUZ.
Estas experiencias también se vivieron en el Valle del Mantaro, cuya parte
final del proceso y castigo tuvo como escenario al Cani Cruz.
En wanka-quechua, Cani significa morder y el Cani Cruz es la Cruz que
muerde.
En efecto este nombre es el más apropiado, por el uso que se dio en
cumplimiento al edicto antes trascrito.
Numerosos wankas fueron torturados en el Cani Cruz, esta tortura se
iniciaba en la plazoleta de la Capilla del Copon, en cuyo centro se conserva
una picota de castigo, usada por los inquisidores.
Hasta hoy en Chongos Bajo, en el mes de julio se celebra la fiesta de los
“infieles”, rememorando la fatídica presencia de la Santa Inquisición en el
Valle del Mantaro que mato a los “abuelos”.
Luego del castigo en la plazoleta, los ingresaban al túnel subterráneo que
comunica este con la Iglesia Matriz de Chongos Bajo. Este pasadizo subterráneo tenía
dos salidas, una de ellas era llenado con abundante paja de trigo o cebada, que
era prendido con los ajusticiados en el interior del túnel, para que estos se
declaren culpables. Si sobrevivían los pasaban a la última prueba, que
consistía en colocarles la mano debajo de la cruz que muerde, para castigarlos
con sadismo, luego de ello eran obligados a realizar la señal de la cruz
cristiana que los curas enseñaban en las misas. Este castigo se aplicaba si la
falta era leve, si era más grave, el inquisidor esperaba que del subsuelo una
voz diera la respuesta. Este engaño a los wankas fue descubierto
posteriormente, ya que la voz, supuestamente de Dios, provenía de una persona
que se ocultaba debajo de la cruz.
Actualmente el Cani Cruz es visitado por un número importante de personas
que respetando
sus costumbres y tradiciones le dedican a la santa Cani Cruz y conforme a la
tradición, los devotos encienden llamativas velas de colores en señal de
veneración. Aunque cada cirio tiene un significado diferente, al fundirse,
supuestamente impregnan el vaticinio, algunos son para la felicidad,
prosperidad y otros propósitos menos espirituales.
Los fieles, afirman
que la forma que adopta la cera al
derretirse, encierra y se encuentra escrito el futuro de quién lo consulta. Por
ello, una vez consumida la vela, los devotos llevan la cera disuelta a los
maestros “videntes” que se hallan en la cercanía de la cruz para que pueda
descifrar el mensaje divino.
Para lograr el
"milagro" hay que seguir algunas reglas. Por ejemplo, si va un
viernes, debe continuar yendo el mismo día de las siguientes semanas. Al
cumplir siete visitas, tiene que ir a la colina de Viscos, ubicada a una hora
de caminata, y allí rezar a las tres cruces. Pero, si no puede caminar, debe
ofrecer una misa y una ofrenda. Solo así se cumplirá el milagro de cristalizar
su petición. “Misterios de la fe”.
Todas las medidas para erradicar la fe ancestral, fueron burlados por los
nativos de diferentes formas, habiendo llegado hasta hoy sus ritos e idolatrías
a sus dioses incas, wankas o waris, algunas veces en su expresión pura y en
otras “cristianizada” de tal forma que en el Valle del Mantaro lo católico está
influenciado por las creencias populares de origen inca o wanka.
De idéntica manera, las reuniones masónicas se hicieron en el más absoluto
secreto, los españoles que se afincaron en Chongos Bajo eran de origen vasco,
algunos se quedaron y otros emigraron a Lima y Huancavelica. Se debe hacer hincapié,
de que la Ciudad de Huancayo, no tuvo creación española, esta se formó por uso
y costumbre de las actividades comerciales de los habitantes del Valle del
Mantaro y así continúo durante el virreinato, hasta que brotaron las gestas
libertarias en las colonias españolas, y
empezaron a mostrar su presencia en ellas.
José Carlos Mariátegui en su principal libro refiriéndose a la Conquista
Católica, nos dice:
He dicho ya que
la Conquista fue la última cruzada y que con los conquistadores tramontó la
grandeza española. Su carácter de cruzada define a la Conquista como empresa
esencialmente militar y religiosa. La realizaron en comandita soldados y
misioneros. El triunvirato de la conquista del Perú, habría estado incompleto
sin Hernando de Luque. Tocaba a un clérigo el papel de letrado y mentor de la
compañía. Luque representaba la Iglesia y el Evangelio. Su presencia
resguardaba los fueros del dogma y daba una doctrina a la aventura. En
Cajamarca, el verbo de la conquista fue el padre Valverde. La ejecución de
Atahualpa, aunque obedeciese sólo al rudimentario maquiavelismo político de
Pizarro, se revistió de razones religiosas. Virtualmente, aparece como la
primera condena de la Inquisición en el Perú.
Después de la
tragedia de Cajamarca, el misionero continuó dictando celosamente su ley a la
Conquista. El poder espiritual inspiraba y manejaba al poder temporal. Sobre
las ruinas del Imperio, en el cual Estado e Iglesia se consustanciaban, se
esboza una nueva teocracia, en la que el latifundio, mandato económico, debía
nacer de la "encomienda", mandato administrativo, espiritual y
religioso. Los frailes tomaron solemne posesión de los templos inkaicos. Los
dominicos se instalaron en el templo del Sol, acaso por cierta predestinación
de orden tomista, maestra en el arte escolástico de reconciliar al cristianismo
con la tradición pagana. La Iglesia tuvo así parte activa, directa, militante
en la Conquista. (José Carlos Mariátegui, 7 Ensayos De Interpretación de la Realidad
Peruana, Editorial Amauta, Lima Perú), pero la conquista, ni el sojuzgamiento
español logro imponer la Fe como esperaron, solo se yuxtapusieron hasta que
llego la emancipación, luego del cual cada manifestación cultural y de fe
discurrieron por sus propios causes “cholificando” lo español y tratando aún de
encontrar su propio destino.
Lima la Capital del Perú tiene en el cerro de San Cristóbal una
imponente cruz, que moviliza a millares de habitantes a ella durante todo el
año, pero seguro que pocos saben cómo y por qué llego allí. Originalmente de
madera y hoy de metal, fue instalada por Francisco Pizarro, luego que 25000
indios al mando del cacique Titu Yupanqui se retiraran en forma milagrosa luego
de pretender expulsar a las huestes españolas de 500 hombres.
Pero el Cani Cruz, tuvo un origen y fin diferente. Esta tallado en
piedra con curiosas figuras de la iconografía católica, pero hay una que
difiere de ellas (la escuadra y el compás), que puede ser materia de
especulaciones diversas, pero
indudablemente, es una prueba de la presencia de la masonería en el
Valle del Mantaro.
AUTOR:
Herbert Oré Belsuzarri
herberthore1@hotmail.com
Herbert Ore - Cani Cruz by HERBERT ORE BELSUZARRI on Scribd
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